Les recordamos las comunicaciones que a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido deben efectuarse ante la Administración Tributaria durante el mes de diciembre, con efectos a partir de enero de 2008.
- Alta en el Régimen Especial de Grupos de IVA mediante presentación por la entidad dominante del modelo 039, ante la Delegación de la AEAT correspondiente a su domicilio fiscal.
- Renuncia al Régimen de deducción común para sectores diferenciados, mediante escrito presentado ante la Delegación de la AEAT.
- Renuncia o solicitud de aplicación, de la prorrata especial mediante declaración censal (modelo 036) presentada ante la delegación de la AEAT.
- Renuncia al Régimen Simplificado o el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca mediante declaración censal (modelo 036) presentada ante la Delegación de la AEAT.
- Renuncia u opción por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el Régimen Especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, mediante presentación de declaración censal (modelo 036) ante la Delegación de la AEAT.
- Opción por la aplicación de la determinación global de la base imponible por las entidades sujetas al Régimen Especial de Agencias de Viajes, mediante presentación de declaración censal (modelo 036) ante la Delegación de la AEAT.
Para cualquier cuestión al respecto, no duden en contactar con el equipo de Tributación Indirecta de KPMG Abogados, S.L.
Natalia Pastor
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